Recarga de vehículo eléctrico
Cómo legalizar un punto de recarga en Menorca
La infraestructura debe diseñarse según la ITC-BT-52, ejecutarse por empresa instaladora, verificarse, certificarse y registrarse en Baleares. Requiere proyecto si supera 50 kW, si es exterior y supera 10 kW o si usa modo 4; en los demás casos se aplica la clasificación general de ITC-BT-04.
Proyecto o MTD
Los umbrales específicos están en ITC-BT-04.3. Estar por debajo no elimina la documentación: corresponde MTD si ninguna otra característica exige proyecto.
La ITC-BT-04 prevé una excepción para la recarga en aparcamientos existentes de los grupos g) y h) en edificios de viviendas: no hace falta proyecto para esa recarga si la nueva instalación no entra en el grupo z). La clasificación del garaje, por sí sola, no obliga a un nuevo proyecto de recarga en este supuesto.
Comunidad o negocio
Hay que seleccionar el esquema ITC-BT-52, valorar gestión dinámica, recorridos comunes, contaje y ampliaciones. En negocios se coordina también con actividad y acceso público.
Para completar esta decisión, también son útiles las guías sobre Cuándo hace falta proyecto y Documentación eléctrica.
Cómo elegir la potencia y el circuito del cargador
La potencia del punto de recarga se decide con el vehículo, las horas disponibles y la capacidad de suministro, no solo con la cifra máxima del cargador. Un equipo regulable puede funcionar a una potencia inferior si el diseño lo contempla. La gestión dinámica adapta la recarga a otras cargas, pero no sustituye el dimensionamiento del cable ni las protecciones del circuito.
En un garaje comunitario hay que definir de dónde parte la alimentación, por dónde pasa la línea y cómo se mide la energía. La ITC-BT-52 contempla distintos esquemas; escoger uno afecta a contadores, protecciones y posibles ampliaciones. La instalación eléctrica y la comunicación o autorización que corresponda en la comunidad son cuestiones diferentes que deben resolverse de forma coordinada.
Para legalizar el cargador en Menorca, el expediente debe corresponder al montaje real y a su clasificación. La protección diferencial y la respuesta frente a componentes continuas se seleccionan según el sistema de recarga y las funciones incorporadas en el equipo. No debe suponerse que cualquier diferencial doméstico resulta válido para cualquier cargador.
Qué cambia entre una plaza privada y un aparcamiento de empresa
La potencia del cargador no es el único dato. En un garaje comunitario hay que definir de dónde se alimenta, recorrido del cable, medida de consumo y coordinación con instalaciones comunes. En un negocio conviene estudiar además la simultaneidad de cargadores, la demanda existente y si la obra entra en un supuesto de proyecto de la ITC-BT-04. El esquema de una plaza no se traslada sin más a diez puntos de recarga.
Antes de contratar, comprueba los requisitos de comunicación con la comunidad, el espacio para canalizaciones y el procedimiento de registro de baja tensión de la CAIB. La empresa instaladora ejecutará y verificará conforme a la ITC-BT-52 y emitirá el certificado que corresponda. Separar diseño, obra, legalización y gestiones con distribuidora facilita comparar presupuestos.
Del punto de recarga al registro UDIT
- 01
Revisar suministro, potencia y ubicación.
- 02
Definir esquema, protecciones y medida.
- 03
Clasificar proyecto o MTD.
- 04
Ejecutar y verificar.
- 05
Emitir CIE y tramitar UDIT.
Preguntas frecuentes
¿Siempre hace falta proyecto?
No. Se exige en los umbrales específicos o por otra clasificación ITC-BT-04; el resto lleva MTD.
¿Hace falta permiso de la comunidad?
La propiedad horizontal diferencia comunicación y autorización según la obra. Hay que respetar y documentar elementos comunes.
Base normativa y fuentes oficiales
- REBT e instrucciones técnicas complementarias — BOE
- Recarga de vehículos eléctricos en zonas de acceso privado UDIT-045 — CAIB
Consulta siempre la versión vigente de la norma y el procedimiento administrativo aplicable a tu caso.